En primera instancia, el funcionario de la Cartera de Trabajo manifestó que, en su visita a Puerto Deseado, tuvo la oportunidad de mantener una reunión de trabajo con todos los sectores. Durante la misma, se establecieron una serie de reglas en conjunto con los Ministerios de la Producción, Comercio e Industria; y de Trabajo, focalizando especial atención en los reglamentos portuarios. “Estos reglamentos, carecían de un régimen de sanción y con los ministerios logramos consolidarlos y lo notificamos a todas las partes en Deseado”, expresó. Asimismo, resaltó que “se logró un marco de orden y reglas para este conflicto y otros que se vivieron con anterioridad”.
Continuando con su relato, Aravena, indicó que el pasado martes por instrucción del gobernador Claudio Vidal, “fuimos al Juzgado Federal de Caleta Olivia, donde nos entrevistamos con el fiscal federal para exponer la situación que se vivía en Puerto Deseado, que tenía que ver con algún tipo de delito”. “Esa es la tarea que tiene la justicia de acá en adelante”, recalcó.
“El conflicto generado en una planta y no en lugar portuario, no fue el objeto de nuestra denuncia. Nuestra denuncia fue por la jurisdicción que tiene la Provincia en el asiento portuario, y la misma tuvo que ver puntualmente con una obstrucción al trabajo y a una conciliación obligatoria dictada por esta Secretaría de Estado, en el marco de un conflicto laboral”, explicó.
Por otra parte, Aravena recalcó: “Nosotros siempre decimos que la libertad de huelga es constitucional y la defendemos, pero no debe colisionar con derechos a trabajar y a ejercer el comercio y la producción”.
Volviendo sobre el tema del reglamento, el funcionario de trabajo dijo que el mismo ya está en vigencia y que tiene el consenso de todas las partes. A su vez, aclaró que el mismo estaba vencido por sus tiempos, entonces ahora las empresas y las organizaciones gremiales, le dieron vigencia a ese reglamento.
En cuanto al régimen de sanciones, señaló que no están incluidos los 160 millones de pesos, lo que está como norma es “sancionar las conductas de los trabajadores, de las empresas y de sus integrantes”. “La diferenciación tiene que ver con la exclusión definitiva al puerto, de aquellas personas que cometen faltas graves”, amplió.
En relación, a la multa a aplicarse al sindicato dijo que es de 170 millones de pesos y lo que fija el piso para tomar una sanción, es el sueldo de maestranza a del Centro de Empleados de Comercio y se multiplica, por la cantidad de afiliados.
“Cuando nosotros sancionamos con multas o apercibimientos ya sea a una razón social, sindical o a una unipersonal, siempre existe el derecho de defensa y a su vez se le da un plazo que va entre 3 y 5 días para que descargue y no estar de acuerdo con apelar y por la vía judicial lo pueda hacer con algunos requisitos”, cerró.