domingo 27 de abril de 2025 - Edición Nº2335

Política | 21 jun 2023

Situación laboral

Minera Santa Cruz establece que es válido el acuerdo con los trabajadores

La empresa Minera Santa Cruz adelantó que el acuerdo celebrado por la empresa y los trabajadores durante el 2020 es válido por lo que apelará la decisión tomada por a la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que declaró nulo el acuerdo entre “la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) y la empresa.



A través de un comunicado en el que la firma establece cinco puntos para aclarar la situación, Minera Santa Cruz hace saber que lo dictado por la Sala III no está firme por lo que apelarán las medida.

 

De manera textual el comunicado señala: En razón de una nota periodística que, referenciando a Minera Santa Cruz S.A. (“MSC”), da cuenta de un fallo dictado por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, MSC considera necesario aclarar lo siguiente:

 

  1. Que el acuerdo aludido en dicho fallo fue válidamente celebrado en el marco de la legislación vigente y tuvo por objeto reflejar una situación absolutamente extraordinaria en la que, como consecuencia de la pandemia y a pesar de haber sido declarada esencial la actividad desarrollada por la empresa, algunos de sus empleados no podían prestar servicios o por restricciones de tránsito no podían ser trasladados desde sus domicilios (en diversas provincias) a la unidad minera.

 

  1. MSC se encuentra plenamente convencida de la validez de dicho acuerdo, lo cual se encuentra avalado por la oportuna homologación del mismo por parte de la autoridad administrativa del trabajo competente. De la misma manera, tal validez y lo actuado en su consecuencia también fue ratificado posteriormente en sede judicial, mediante sentencia de primera instancia que rechazó la demanda.

 

  1. El posterior fallo dictado por la Sala III aludido en la nota periodística no se encuentra firme ni pasado en autoridad de cosa juzgada, dado que MSC lo cuestionará ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por ser contrario al derecho vigente e incurrir en un supuesto de gravedad institucional.

 

  1. MSC lamenta que acciones responsables, celebradas con el objeto de asegurar la continuidad de la fuente directa o indirecta de trabajo de miles de personas en circunstancias tan extraordinarias como la pandemia de Covid-19, sean ahora, de manera descontextualizada, puestas en cuestión.

 

  1. Medidas como el acuerdo que ahora se cuestiona han posibilitado la continuidad de la fuente de trabajo de miles de trabajadores. Para ello, en un contexto de crisis global como el mundo no ha visto en épocas recientes, resultó necesario afectar mínimamente y en forma temporal el ingreso de pocos trabajadores que no prestaban servicios a pesar de desempeñarse en una actividad esencial. En ese contexto, el acuerdo se inscribe dentro de una cantidad de medidas de excepción promovidas en la emergencia por las autoridades competentes para evitar despidos y garantizar el ingreso alimentario de trabajadores. Lamentablemente, algunos de ellos optaron por cuestionar las medidas que se tomaron en consenso con autoridades gubernamentales y sindicales para procurar la continuidad de la fuente de trabajo en beneficio de toda la comunidad.

 

MSC cumple cabalmente con la legislación laboral y, junto con todos sus colaboradores, trabaja diariamente para asegurar la continuidad de la fuente de producción y trabajo en la que desde hace 16 años se desempeñan, sólo en la unidad minera, más de 1.700 personas.

 

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