El juez de faltas Daniel Aybar se basó en esta notificación en la Ordenanza 5.420/09 en cuyo artículo 36º establece la falta o contravención por: "PROMOCION DE COMPETENCIAS O ENTREGA GRATUITA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS: ART. 36.- Por organizar en locales habilitados para el ejercicio de la actividad comercial competencias o promociones que tengan como fin la ingesta de bebidas alcohólicas, se aplicará multa de 1. 200 Módulos a 4. 000 Módulos más la clausura del local comercial de 1 a 10 días".
También sostiene que "en virtud de la normativa, les solicitamos abstenerse de realizar promociones vía redes sociales o en los respectivos locales comerciales que promuevan o promocionen la ingesta de bebidas alcohólicas que incluyen: "canilla libre, 2 x I, hacer sorteos de bebidas o de dinero canjeable por bebidas alcohólicas en la barra (Voucher) o consumiciones gratuitas.