miércoles 19 de marzo de 2025 - Edición Nº2296

Política | 18 mar 2025

Proyecto

"Desconocen la historia de Caleta": Prades fulminó el proyecto de Carta Orgánica anunciada por el Ejecutivo

El abogado y exintendente de Caleta Olivia, Facundo Prades, se mostró muy crítico al proyecto del Ejecutivo Municipal de redactar una Carta Orgánica Municipal, acusando a la actual gestión de “desconocer” la historia constitucional y el contexto económico y político para avanzar en ello.



 

Prades explicó en Radio Vanguardia que se requieren varios pasos y condiciones específicas, como la declaración de necesidad con el voto de una mayoría calificada de concejales; una “autorización provincial”, especialmente del Tribunal Electoral Permanente que depende del Tribunal Superior de Justicia; y la conformación de un sistema electoral de convencionales constituyentes que Santa Cruz todavía no posee. Además, recordó que hubo fallos del Tribunal Superior que impidieron a otros municipios avanzar en este proceso.

Las declaraciones de Prades fueron minutos después de que hablara en la misma Radio Vanguardia el coordinador general del Municipio, Carlos Marcel, quien explicó cómo sería el proceso para avanzar con la Carta Orgánica y hasta anunció que el proyecto busca unificar las elecciones municipales de 2027 con la elección de los convencionales que redactarán la Carta.

Marcel había recordado que ya hubo un intento de convocar a convencionales en 2017, impulsado por el entonces concejal Javier Aybar, cuando Prades era intendente.

 

"Muy alejado de la Constitución Provincial"

 

Ahora, en Radio Vanguardia, Prades criticó los dichos de Marcel: “Hay un alto grado de desconocimiento de la historia de la provincia, de la historia de la localidad de nuestra Caleta Olivia, y jurídicamente, se está muy alejado de lo que la Constitución de la provincia indica que es el proceso para este tipo de decisión. Digo esto porque la posibilidad de que los municipios tengan Carta Orgánica surge allí por el año 1994 con la reforma constitucional y se incorpora dentro de lo que es el artículo 142 de la Constitución provincial, artículo que establece y faculta a los municipios con la posibilidad de dictar su carta orgánica respetando ciertos requisitos”.

“La Carta Orgánica no es un proyecto de ordenanza que tengan que hacer los concejales o el Ejecutivo para enviarlo al Concejo Deliberante. La ordenanza a la que refiere la Constitución de la provincia en el artículo 42 es la que indica la necesidad de la redacción de la Carta Orgánica. ¿Por qué dice la necesidad de la redacción de la Carta Orgánica? Porque en este contexto, y como esto fue incorporado en 1994, se trata de un proceso que el derecho constitucional denomina poder constituyente originario. Es cuando, por primera vez, un municipio dicta su carta máxima, su carta orgánica; para el caso de una provincia, sería la Constitución provincial".

"Entonces, lo que tiene que hacer el Ejecutivo, que ya lo hizo en 2017, es remitir al Concejo Deliberante la ordenanza en la que se solicita la declaración de la necesidad de la redacción de la Carta Orgánica y con eso comenzar todo el proceso. Para que esta ordenanza tenga valor, la Constitución de la provincia indica que debe contar con una mayoría calificada. Esa mayoría calificada para los municipios de la provincia es de cuatro votos afirmativos de los concejales y para la capital, de cinco, porque la capital tiene siete concejales en vez de cinco”.

 

Sin sistema electoral acorde

 

“Ahora bien, obtenida esta necesidad de redacción de la Carta Orgánica Municipal, comienza todo otro camino que hoy, en la actualidad, es imposible de cumplimentar, porque Santa Cruz aún no tiene sistema electoral, es decir, no tendríamos cómo elegir nuestros convencionales constituyentes”.

“Otra situación requiere de la autorización provincial, porque el municipio de Caleta, al igual que varios otros de la provincia, tiene un montón de facultades delegadas del poder provincial hacia los municipios. Entonces, no sería una situación tan fácil”.

 

"Claudio Vidal no debe estar al tanto de esto"

 

“Imagínate que, en este contexto, por eso calculo que el gobernador no debe estar al tanto de esto, de redactarse la Carta Orgánica, todo lo que significa la recaudación de ingresos brutos en nuestra localidad quedaría en manos del municipio, lo cual generaría un desfasaje en las arcas provinciales”.

“Por ello, y en razón de esto, hay un fallo del Tribunal Superior de Justicia con la integración anterior, la de 2017-2019, porque entiendo que en 2021 se modificó la integración del tribunal y quien era en ese entonces ministro de Gobierno hoy es miembro del Tribunal Superior de Justicia de la provincia, y debe autorizar el contexto electoral. ¿Por qué? Porque el Tribunal Electoral Permanente de los municipios es una dependencia del Tribunal Superior de Justicia”.

 

Municipios no habilitados

“Por eso hay que tener cuidado, porque los caletenses tenemos una historia respecto a la Carta Orgánica Municipal. Ya quisimos redactarla cumpliendo todos los pasos en 2017 y el Tribunal Superior de Justicia no lo habilitó. Espejo de esto fue la localidad de Las Heras en 2023, que sancionó la ordenanza, pidió autorización y tampoco fue habilitada. E idéntico criterio adoptó en 2018 el municipio de Pico Truncado, que tampoco fue habilitado judicialmente”.

“Habría que revisar jurídicamente cómo se revierten los cuatro fallos que tiene el Tribunal Superior de Justicia contra los municipios que han intentado comenzar con el proceso de elección de los convencionales constituyentes para la posterior sanción de su Carta Orgánica Municipal. El último fallo es el de Las Heras, de 2023. El de Caleta fue uno de los primeros, en 2017; después vino Pico Truncado y creo que también lo quiso hacer en su momento El Calafate, pero no pudieron por esta decisión que ha tomado el tribunal".

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FACUNDO PRADES

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