jueves 28 de noviembre de 2024 - Edición Nº2185

Política | 27 nov 2024

Regulación

Media sanción a la Ley contra la ludopatía: límites a las apuestas online y protección a menores

La Cámara de Diputados dio media sanción a una Ley que regula las plataformas de apuestas y juegos de azar online. Prohíbe la publicidad en redes sociales y en eventos deportivos, exige verificación biométrica para acceder y limita el uso de tarjetas de crédito.



La diputada nacional Ana María Ianni participó de la sesión donde se le dió media sanción a la Ley de Prevención de la ludopatía y las apuestas online. “Apostar no es un juego” afirmó la legisladora santacruceña

El proyecto aprobado, que fue presentado por los bloques de la Coalición Cívica, Unión por la Patria, Encuentro Federal, Democracia para Siempre, Frente de Izquierda y una Diputada Radical, fue votado por mayoría en el recinto de la Cámara de Diputados.

La Ley busca regular la publicidad, la promoción y la explotación de sitios y plataformas de juegos de azar y apuestas online para prevenir la participación de los menores en estos sitios, pero también, con el objetivo de combatir el flagelo de la ludopatía que afecta a varios sectores de la sociedad, muchos de ellos endeudados al intentar encontrar una solución paliativa a la situación económica por la que atraviesan estos mismos grupos.

La Diputada Ana María Ianni se refirió a la Ley y sostuvo que "es necesario avanzar en la regulación para establecer reglas claras en el combate a la ludopatía y en el control del acceso de nuestros jóvenes a estas plataformas de apuestas" y agregó "en Santa Cruz se ha aprobado una ley provincial como un plan integral de prevención en el ámbito escolar, pero necesitamos sumar todos los esfuerzos para combatir, entre todos, esta problemática que afecta a muchas familias argentinas”.

 Acerca de la Ley

Una de las medidas que establece esta Ley es la exigencia de la verificación biométrica de identidad para acceder a los sitios. A partir de ahora, estas plataformas tendrán que contar con el Sistema de Identidad Digital, tal como utilizan las plataformas bancarias virtuales.

Por otro lado se avanza en la prohibición de la publicidad de estos sitios en las redes sociales, la vía pública, los medios gráficos, radiales y televisivos, y en las plataformas de streaming y de comunicación audiovisual, y se establece la prohibición de lo que se denomina publicidad "indirecta", con la participación de influencers, deportistas, personajes famosos o cualquier otra que tenga relevancia pública.

Con respecto a los auspicios en el ámbito deportivo, la Ley establece la prohibición para la difusión de publicidad en estadios de fútbol, camisetas de equipos, y toda otra instalación dentro de un club.

Otro de los puntos destacables es que se define la forma de pago en estos sitios, dejando establecido que se podrán utilizar tarjetas de débito bancarias que tendrán un límite diario, como así también billeteras virtuales, pero solo con fondos disponibles en la cuenta. No se podrán usar tarjetas de crédito ni ninguna cuenta vinculada a los beneficios de ANSES.

La otra clave de esta Ley, es la modificación en las penas sancionatorias para aquellos que inclumpan con la normativa, modificando el artículo 301 del código penal elevando las penas, y sumando, en el caso de la participación de menores, la inhabilitación perpetua y absoluta y una multa que va de 2 a 5 veces del lucro obtenido.

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