miércoles 04 de diciembre de 2024 - Edición Nº2191

Interés General | 18 nov 2024

Judiciales

Filiación y técnicas de reproducción asistida: el debate legal en manos de la Corte Suprema

El artículo 558 del Código Civil establece que ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales, sin importar la naturaleza de la filiación.



Esta disposición busca preservar un marco jurídico claro en cuestiones de parentesco, priorizando el interés superior del niño sobre los deseos individuales de los adultos. Sin embargo, un fallo judicial reciente permitió inscribir a un niño con tres padres tras su nacimiento mediante Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA).

 

El caso y la postura de la Procuración

El niño nació en mayo de 2022, fruto de un acuerdo entre tres personas para un proyecto de coparentalidad. Tras un fallo judicial que declaró inconstitucional el artículo 558 y permitió la inscripción con triple filiación, el fiscal y la defensora de menores apelaron. Argumentaron que aceptar tres vínculos filiales representa un cambio de paradigma con implicancias legales y sociales profundas.

La procuradora fiscal ante la Corte Suprema, Laura Monti, respaldó esta postura. Según su dictamen, el fallo inicial desconoció “graves cuestiones de orden público” y omitió el principio fundamental del interés superior del niño. Para Monti, la triple filiación priorizó los deseos de los adultos sobre los derechos del menor.

Filiación, técnicas de reproducción asistida y el interés superior del niño

El debate gira en torno a dos disposiciones clave del Código Civil:

  1. Artículo 558: Limita los vínculos filiales a dos.
  2. Artículo 562: Reconoce la filiación por voluntad procreacional en casos de TRHA, sin importar quién aportó los gametos.

La Cámara Civil interpretó el artículo 562 para justificar la triple filiación, argumentando que la voluntad de los tres adultos debe prevalecer. No obstante, la Procuración considera que esta decisión ignoró el impacto de la filiación múltiple en el desarrollo del niño.

El rol de la Corte Suprema en el caso

El dictamen de Monti solicita que la Corte Suprema revoque el fallo de la Cámara Civil. La Corte deberá definir si el artículo 558 es constitucional y si los principios del interés superior del niño prevalecen sobre los deseos de conformar familias pluriparentales.

En un fallo reciente, la Corte resolvió otro caso de reproducción asistida, reafirmando que corresponde al Congreso legislar sobre temas familiares complejos y no a los jueces. Esta postura podría influir en la resolución del caso actual.

Implicancias del fallo en el marco legal argentino

El caso reaviva el debate sobre los límites de la filiación y los derechos derivados de las técnicas de reproducción asistida. Además, plantea interrogantes sobre cómo equilibrar el interés del niño con la autonomía reproductiva y los deseos de los adultos en proyectos familiares no convencionales.

La decisión de la Corte Suprema será clave para sentar precedentes en materia de filiación y reproducción asistida, definiendo el alcance del marco normativo argentino.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO: