sábado 29 de junio de 2024 - Edición Nº2033

Provinciales | 4 jun 2024

Alivio para usuarios

Fallo judicial extiende freno a subas de gas a toda la provincia

Tras la medida cautelar que frenó los aumentos en la zona norte, el Juzgado Federal de Río Gallegos dictó una resolución que revoca los incrementos en las tarifas de gas para los usuarios residenciales del sur de Santa Cruz por los próximos seis meses.



Luego del amparo presentado por el Gobierno Provincial en Caleta Olivia, del cual resultó la medida cautelar a favor de la zona norte de Santa Cruz, en esta oportunidad el Juzgado Federal de Río Gallegos dictó la medida cautelar que revoca los aumentos de tarifas para el sur de la provincia. Tiene vigencia por seis meses y representa un alivio para las familias santacruceñas.

A principios del mes de mayo el Gobierno de Santa Cruz, a través de la Fiscalía de Estado, presentó el amparo en Caleta Olivia que implicó la marcha atrás en los aumentos para la zona norte provincial. Ahora, el Juzgado Federal de Río Gallegos falló a favor de la provincia mediante la medida cautelar que revoca también los aumentos de tarifas para la zona sur.

En el mismo acto, se notificó al municipio de Río Gallegos la medida favorable para la capital santacruceña.  De esta forma, el juez Federal, Claudio Vázquez, firmó la medida que tiene vigencia por los próximos 6 meses. En su fallo, el magistrado determinó "hacer lugar a la medida innovativa interesada por la parte actora en relación al colectivo representado - usuarios residenciales del servicio de gas con domicilio en las localidades que comprenden los Departamentos Lago Argentino, Corpen Aike y Güer Aike de la Provincia de Santa Cruz".

En consecuencia, ordena al Enargas "comunicar en forma inmediata la presente medida cautelar a las empresas distribuidoras o subdistribuidoras del elemento a fin que, durante el plazo de 6 meses de su vigencia".

Esto implicará, por consiguiente, "abstener la aplicación de incrementos superiores al 300% en comparación con el mismo período de facturación del año anterior". El magistrado agrega que, "en caso de haber ya aplicado y percibido sumas inferiores a ese tope, deberán compensar el excedente en la facturación de los períodos inmediatos y posteriores".

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AUMENTOSTARIFAS DE GAS

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